¡ES CIERTO! LAS EMPRESAS PAGARÁN INTERNET Y LUZ EN HOME OFFICE

A raíz de la COVID19, el Home Office ha sido como muchas Compañías se han mantenido a flote. ¿Dónde queda el pago de los Servicios para trabajar bajo esta modalidad? ¡Conoce la aprobación de los Diputados!

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Es cierto, en días recientes se aprobó con 426 votos a favor, por parte de los Diputados, las reformas relacionadas a la modalidad “Teletrabajo” o mejor conocido como “Home Office”. Conforme a estas reformas, se estableció que se debe respetar los horarios laborales, datos e intimidad de los colaboradores que se encuentren laborando bajo esta modalidad.

Las regulaciones sobre las Reformas a la Ley Federal del Trabajo fueron aprobadas y aplicables conforme a todo aquel colaborador que desempeñe sus actividades diarias laborales fuera del centro de trabajo. 

Es de importancia resaltar que el colaborador debe de contar con las herramientas indispensables y necesarias para desempeñar sus actividades, así como con tecnología de comunicación e información.

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Las regulaciones aplican para respetar los derechos laborales de los trabajadores, por lo que se hace énfasis en que la empresa debe respetar los horarios laborales de los colaboradores. Por lo que se debe realizar la “Desconexión” de sus actividades correspondiente al horario establecido por la compañía.

Es así, como el punto medular de la reforma ante la Ley Federal del Trabajo establece que el empleador debe de hacerse responsable de los gastos de Telecomunicación y Electricidad derivado del teletrabajo que realizan sus colaboradores. Por parte contraria, el trabajador debe de realizar y hacer buen uso del equipo tecnológico y mobiliario proporcionado por la Compañía en la cual labora

Conforme a estas acciones, Grupo Ono al ser una Empresa Socialmente Responsable, siempre vemos y veremos por el bienestar de nuestros colaboradores para apoyarlos en obtener las herramientas necesarias para realizar eficientemente sus actividades con la calidad y entrega como lo han realizado por 25 años.

Autor: Fernando Sosa Lucio

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